Artículo 40.- Son atribuciones específicas de la Secretaría Técnica del Pleno:
I. Coadyuvar en la entrega de los documentos y materiales que los comisionados requieran para la toma de decisiones;
II. Notificar a los comisionados la fecha y hora de sesiones ordinarias y extraordinarias del Pleno, junto con el orden del día de los asuntos a tratar, y enviar oportunamente toda la documentación necesaria para la discusión correspondiente;
III. Elaborar las actas de las sesiones del Pleno y enviarlas a los comisionados y al secretario que corresponda para su firma;
IV. Tomar nota de los acuerdos dictados por el Pleno, así como darles seguimiento;
V. Representar al Pleno en las comisiones, comités, subcomités y actos diversos que le instruya ese órgano colegiado;
VI. Administrar la agenda y protocolo del Pleno del Instituto;
VII. Recabar la firma de las resoluciones, acuerdos y actas de las sesiones del Pleno por parte de los comisionados, los secretarios y otros servidores públicos del Instituto, en su caso;
VIII. Elaborar bases de datos que reflejen el estado que guardan, las resoluciones, las actas y los acuerdos del Pleno, en sus procesos de firma, y emitir reportes y estadísticas al respecto;
IX. Custodiar la documentación referente a las diversas tareas a cargo del Pleno;
X. Expedir copias certificadas en los términos de la Ley, de los documentos que obren en sus archivos;
XI. Fungir como enlace entre los comisionados y las secretarías del Instituto para la notificación de instrucciones por acuerdo de éstos, y
XII. Las demás que le confieran las disposiciones legales y administrativas aplicables, así como las que le encomiende el Pleno.
Structure Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos