Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos
Artículo 38

Artículo 38. Son atribuciones específicas de la Dirección General de Tecnologías de la Información:

I.           Administrar las tecnologías de información y comunicación con las estrategias que establezcan el Pleno del Instituto para alcanzar las metas y objetivos institucionales;

II.          Proponer, ejecutar y evaluar las políticas de informática, sistemas, seguridad de la información y telecomunicaciones del Instituto, a fin de garantizar servicios de calidad para el funcionamiento expedito, eficaz y eficiente de las unidades administrativas;

III.         Formular anualmente el programa estratégico de tecnologías de información y comunicación del Instituto a partir de la coordinación con las unidades administrativas, así como dirigir su ejecución, evaluación y seguimiento;

IV.        Desarrollar y administrar soluciones basadas en tecnologías de información y comunicación que permitan:

a)      A los particulares ejercer su derecho de acceso a la información y de protección de derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

b)      La intercomunicación del Instituto con las dependencias y entidades; así como con los particulares responsables de Datos Personales.

V.         Participar en la automatización de los procesos sustantivos y de apoyo susceptibles de ser soportados por tecnologías de información;

VI.        Asesorar a las unidades administrativas del Instituto en la definición de soluciones y servicios de tecnologías de información para la ejecución de sus atribuciones, así como validar y prever, en su caso, la adquisición de dichas soluciones;

VII.       Implementar las mejores prácticas para la planeación, diseño, adquisición, entrega, administración y soporte de servicios informáticos y de telecomunicaciones;

VIII.      Supervisar, administrar y dar mantenimiento a los sistemas en operación y de bases de datos y a la infraestructura y servicios informáticos y de telecomunicaciones del Instituto;

IX.        Analizar las tecnologías de información existentes en el mercado con el propósito de generar alternativas para su posible adopción en el Instituto;

X.         Coadyuvar con la unidad administrativa competente en la definición y ejecución de los programas de capacitación en materia de tecnología de información y comunicación;

XI.        Establecer, coordinar y supervisar las políticas, estándares, procedimientos, guías y manuales relacionados con el uso eficiente y seguro de los recursos informáticos y de telecomunicaciones del Instituto;

XII.       Administrar, promover y mantener bajo uso lícito las licencias de software, así como realizar su distribución entre las unidades administrativas que las requieran, y

XIII.      Coadyuvar en materia técnica con las unidades administrativas competentes, emitiendo opinión y dictamen técnico para asistirlas en las materias de su responsabilidad.