Artículo 20. Además de las atribuciones establecidas en el capítulo anterior, las facultades del Comisionado Presidente son:
I. Conducir la gestión institucional;
II. Representar legalmente al Instituto; otorgar, sustituir y revocar poderes generales y especiales con las facultades que le competan, entre ellas las que requieran autorización o cláusula especial;
III. Representar al Instituto ante las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; los Poderes Legislativo y Judicial; los otros sujetos obligados; las entidades federativas y el Distrito Federal, así como informar al Pleno regularmente sobre el estado de los asuntos relacionados con éstos;
IV. Rendir el informe público anual ante el Congreso de la Unión;
V. Proponer al Pleno del Instituto, previa consulta a los comisionados, candidatos a las secretarías de conformidad con los procesos de selección aprobados por dicho órgano;
VI. Proponer al Pleno del Instituto la remoción de secretarios de conformidad con los procesos de selección aprobados por dicho órgano;
VII. Acordar con los secretarios el conjunto de los diversos asuntos de su despacho;
VIII. Turnar, a través de la Secretaría respectiva, al Comisionado Ponente que corresponda de acuerdo con el sistema aprobado por el Pleno, los recursos de revisión, reconsideraciones, procedimientos de verificación por falta de respuesta, solicitudes de protección de derechos, procedimientos de verificación y de imposición de sanciones; y otros previstos en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares;
IX. Coordinar el debate de las sesiones del Pleno;
X. Someter a la aprobación del Pleno las normas, lineamientos y demás documentos que en materia de acceso a la información, archivos y protección de datos personales resulten necesarios para el cumplimiento de las atribuciones del Instituto;
XI. Someter a la aprobación del Pleno el calendario de labores del Instituto, que será publicado en el Diario Oficial de la Federación;
XII. Proponer al Pleno del Instituto y ejecutar la agenda de los asuntos internacionales;
XIII. Ejecutar la política de comunicación social del Instituto;
XIV. Someter a la aprobación del Pleno del Instituto los informes relativos al desempeño, y funcionamiento, que por su conducto rindan las direcciones generales del Instituto;
XV. Presentar periódicamente al Pleno del Instituto, un informe sobre la aplicación de los criterios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal;
XVI. Fungir como enlace entre la estructura administrativa y operativa del propio Instituto con el Pleno;
XVII. Proponer al Pleno del Instituto, previa consulta a los comisionados y secretario respectivo, el nombramiento de los directores generales de conformidad con los procesos de selección aprobados por dicho cuerpo colegiado;
XVIII. Proponer al Pleno del Instituto la remoción de los directores generales de conformidad con los procesos de selección aprobados por dicho cuerpo colegiado;
XIX. Coordinar la agenda de trabajo del Pleno a través de la Secretaría Técnica y convocar a sesiones extraordinarias;
XX. Coordinar la agenda de trabajo del Pleno del Instituto a través de la Secretaría General y convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias, y
XXI. Rendir un informe anual ante el Senado, en la fecha y en los términos que disponga la ley.
Structure Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos