Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos
Artículo 3

Artículo 3. Además de lo señalado en los artículos, 3o. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 2o. de su Reglamento, 3o. de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y 2o. de su Reglamento, para efectos del presente se entenderá por:

I.           Comisionado Presidente: Comisionado que tiene la representación legal del Instituto, quien constituye el eje de coordinación y dirección institucional;

II.          Comisionados: Los integrantes del órgano máximo de dirección del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos con derecho a voz y voto en el Pleno;

III.         Leyes: Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y la Ley Federal de Archivos;

IV.        Pleno: El órgano máximo de dirección y decisión del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, mismo que está integrado por los siete comisionados;

V.         Secretaría General: La instancia responsable de coordinar la gestión institucional entre el Comisionado Presidente y las demás unidades administrativas del Instituto;

VI.        Secretaría de Acceso a la Información: La instancia responsable de coordinar y consolidar acciones que impulsen la transparencia y la rendición de cuentas en el gobierno federal y la eficacia de los derechos de los particulares relativos al acceso a la información pública gubernamental, y

VII.       Secretaría de Protección de Datos Personales: La instancia responsable de coordinar y consolidar acciones que impulsen el conocimiento y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en materia de datos personales, y ejercer las facultades del Instituto enfocadas a la vigilancia, supervisión, investigación, inspección, verificación y sanción.