Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos
Artículo 35

Artículo 35. Son atribuciones específicas de la Dirección General de Gestión de la Información y Estudios:

I.           Ejecutar las acciones que propicien la consolidación de la gestión documental en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

II.          Elaborar proyectos encaminados al establecimiento del marco jurídico que permita consolidar las bases de organización y conservación de los archivos;

III.         Elaborar criterios específicos para la conservación, organización, modernización y sistematización de la información en la Administración Pública Federal;

IV.        Promover y difundir los principios de la gestión documental en la Administración Pública Federal;

V.         Desarrollar y promover la política de gestión documental electrónica para actualizar los procedimientos archivísticos, controlar los expedientes durante el ciclo vital de la documentación y hacer eficaz el acceso a la información;

VI.        Diseñar, proponer y difundir, en coordinación con las unidades administrativas competentes, las herramientas tecnológicas para una eficaz gestión documental;

VII.       Elaborar opiniones en materia de conservación y organización de documentos, en apego a las disposiciones legales aplicables;

VIII.      Apoyar en la sustanciación de los recursos de revisión, a través de la elaboración de estudios de competencia; técnicos en materia de regulación; análisis económico-financiero y político; administración y políticas públicas; búsquedas de información, y mejores prácticas internacionales, y

IX.        Elaborar opiniones que influyan en el contexto institucional en materia de acceso a la información.