ARTICULO 58.- Todo el personal de Planta, asilado, o que por cualquier motivo o circunstancia tenga que permanecer o encamarse en el establecimiento, quedará sujeto dentro del recinto, a todas las leyes y reglamentos militares que hagan relación con los principios de disciplina y orden, que deben observarse dentro de los cuarteles ocupados por tropa.
Structure Reglamento del Hospital Central Militar