ARTICULO 38.- Servicios de Proveeduría, Comedores, Lavandería, Panadería, y Almacenes. Tendrán el personal que les fije la planilla respectiva y en su manejo interno se regirán por instructivos particulares confeccionados por el Jefe de los Servicios Administrativos de acuerdo con el Director del establecimiento.
Structure Reglamento del Hospital Central Militar