ARTICULO 9
TIPOS DE SESIONES
1. Las sesiones de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas podrán ser ordinarias y extraordinarias.
a) Serán ordinarias aquellas sesiones que deben celebrarse cada mes de acuerdo con el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y
b) Serán extraordinarias aquellas sesiones convocadas por los Vocales Secretarios por instrucciones de los Vocales Ejecutivos de las Juntas Locales y Distritales cuando lo estimen necesario o a petición que le formulen la mayoría de los integrantes de las Juntas, para tratar asuntos que por su urgencia no puedan esperar para ser desahogados en la siguiente sesión ordinaria.
DURACION DE LAS SESIONES
2. Las sesiones no podrán exceder el límite de tiempo de seis horas de duración. No obstante, se podrá decidir sin debate prolongarlas con el acuerdo de la mayoría de sus integrantes. Aquellas sesiones que sean suspendidas por exceder el límite de tiempo establecido, serán continuadas dentro de las veinticuatro horas siguientes a su suspensión, salvo que las Juntas acuerden otro plazo para su reanudación.
SESION PERMANENTE
3. Las Juntas Locales y Distritales podrán declararse en sesión permanente cuando así lo estimen necesario y tomando en cuenta las fechas y plazos de las sesiones del Consejo General, para el análisis de asuntos que por su propia naturaleza o por disposiciones de la ley no deben interrumpirse. Cuando las Juntas se hayan declarado previamente en sesión permanente no operará el límite de tiempo establecido en el párrafo anterior. El Vocal Ejecutivo, previa consulta con la Junta respectiva, podrá decretar los recesos que fueren necesarios durante las sesiones permanentes.
IV. DE LA CONVOCATORIA DE LAS SESIONES
Structure Reglamento de Sesiones de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas del Instituto Federal Electoral
Articulo 1 objeto de aplicacion 1
Articulo 2 de la integracion 1
Articulo 3 criterios para su interpretacion 1
Articulo 4 computo de plazos 1
Articulo 6 atribuciones de los vocales ejecutivos de
Articulo 7 atribuciones de los vocales secretarios de
Articulo 8 atribuciones de los vocales de organizacion
Articulo 9 tipos de sesiones 1
Articulo 10 convocatoria a sesion ordinaria 1
Articulo 11 contenido de la convocatoria 1
Articulo 12 reglas para la instalacion de las
Articulo 13 orden de discusion de los asuntos
Articulo 14 uso de la palabra 1
Articulo 15 forma de discusion de los asuntos
Articulo 16 prohibicion de dialogos y alusiones personales
Articulo 17 prohibicion de interrumpir a oradores 1
Articulo 18 mocion de orden (objetivo) 1
Articulo 19 mocion al orador (objetivo) 1
Articulo 20 forma de tomar acuerdos, resoluciones y