Reglamento de Sesiones de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas del Instituto Federal Electoral
Articulo 15 forma de discusion de los asuntos

ARTICULO 15

FORMA DE DISCUSION DE LOS ASUNTOS EN LA PRIMERA RONDA

1. En la presentación y discusión de cada punto del orden del día, el Vocal Ejecutivo concederá el uso de la palabra a los integrantes de las Juntas Locales y Distritales que quieran hacer uso de ese derecho para ese asunto en particular. Las intervenciones se harán en el orden que sean solicitadas. En la primera ronda los oradores podrán hacer uso de la palabra por ocho minutos como máximo.

FORMA DE DISCUSION DE LOS ASUNTOS EN LA SEGUNDA RONDA

2. Después de haber intervenido todos los oradores que así desearan hacerlo en la primera ronda, el Vocal Ejecutivo preguntará si el punto está suficientemente discutido y en caso de no ser así, se realizará una segunda ronda de debates. Bastará que un solo integrante de la Junta pida la palabra, para que la segunda ronda se lleve a efecto.

En esta segunda ronda los oradores participarán de acuerdo con las reglas fijadas para la primera ronda, pero sus intervenciones no podrán exceder de cinco minutos.

PROCEDIMIENTO CUANDO NADIE PIDA LA PALABRA

3. Cuando nadie pida la palabra, se procederá de inmediato a la votación, cuando ésta sea procedente o bien se pasará al siguiente punto del orden del día.

DISCUSION EN LO PARTICULAR

4. Cualquier integrante de la Junta, podrán solicitar al Vocal Ejecutivo la discusión en lo particular de algún punto del orden del día, por lo que los integrantes determinarán cuales puntos se discutirán en lo particular.