Reglamento de Sesiones de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas del Instituto Federal Electoral
Articulo 11 contenido de la convocatoria 1

ARTICULO 11

CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA

1. La convocatoria a sesión deberá contener el día, la hora y el lugar en que la misma se deba celebrar, la mención de ser ésta ordinaria o extraordinaria y un Proyecto de orden del día para ser desahogado. A dicha convocatoria se acompañarán a través de medios digitales los documentos y anexos necesarios para la discusión de los asuntos contenidos en la misma.

2. Los documentos y anexos se distribuirán a los integrantes de la Junta, así como a los Vocales a través de medios digitales, excepto cuando sea materialmente imposible, en tal caso se pondrán a disposición para su consulta en la oficina del Vocal Secretario, situación que deberá señalarse en la propia convocatoria. Asimismo, cuando señalen de manera justificada que requiere que los documentos les sean entregados de manera impresa, deberá formular su solicitud por escrito al Vocal Secretario.

3. Los integrantes de las Juntas deberán remitir a los Vocales Secretarios los documentos y anexos indispensables de manera impresa y a través de medios digitales por lo menos con veinticuatro horas de anticipación a la fecha de expedición de la convocatoria, a excepción de los Informes que se presentarán con al menos cuarenta y ocho horas de anticipación a la celebración de la sesión tratándose de ordinarias y de veinticuatro horas tratándose de extraordinarias.

La convocatoria y orden del día serán difundidos a los integrantes de la Junta respectiva, en los plazos a que se refieren los párrafos 1 y 2 del artículo anterior. Dicha convocatoria y orden del día serán incorporadas en la página de Intranet e Internet del Instituto Federal Electoral.

INCLUSION DE NUEVOS ASUNTOS EN EL ORDEN DEL DIA

4. Recibida la convocatoria a una sesión ordinaria o extraordinaria, cualquier integrante de la Junta podrá solicitar al Vocal Secretario que corresponda, la inclusión de un asunto en el orden del día de la sesión, siempre y cuando la solicitud se formule con una anticipación de dos días, tratándose de sesiones ordinarias, o de un día, tratándose de sesiones extraordinarias, a la fecha señalada para su celebración, acompañando a su solicitud con los documentos necesarios para su discusión. En tal caso el Vocal Secretario, remitirá a los integrantes de la Junta correspondiente, un nuevo orden del día que contenga los asuntos que se vayan agregando al original y los documentos necesarios a través de medios digitales para su discusión, a más tardar al día siguiente de que se haya realizado la solicitud de inclusión. Ninguna solicitud que se reciba fuera del plazo señalado en este párrafo podrá ser incorporada al orden del día de la sesión de que se trate.

ASUNTOS GENERALES

5. Los integrantes de las Juntas podrán solicitar la discusión en Asuntos Generales de temas que no requieran examen previo de documentos, o que sean de obvia y urgente resolución, pero única y exclusivamente en sesiones ordinarias.

Entendiéndose como asuntos de urgente y obvia resolución entre otros, los siguientes:

a)      Que venza algún plazo legal o reglamentario;

b)      Que de no aprobarse en esa fecha, fuera clara e indubitable la afectación de derechos de terceros, o bien,

c)      Que de no aprobarse se generaría un vacío normativo en la materia.

6. El Vocal Secretario de la Junta dará cuenta a la Junta Ejecutiva correspondiente de dichas solicitudes a fin de que ésta decida, sin debate, si se discuten en la sesión o se difieren para una posterior.

V. DE LA INSTALACION Y DESARROLLO DE LA SESION