Reglamento de Sesiones de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas del Instituto Federal Electoral
Articulo 20 forma de tomar acuerdos, resoluciones y

ARTICULO 20

FORMA DE TOMAR ACUERDOS, RESOLUCIONES Y DICTAMENES

1. Los acuerdos y resoluciones de las Juntas Locales y Distritales se tomarán, por mayoría simple de votos de sus integrantes.

VOTACION INDIVIDUAL Y NOMINAL

2. La votación será individual, aunque también podrá ser nominal y así quedar asentado en el Acta, cuando alguno de los integrantes de la Junta así lo solicite y lo autorice la misma sin debate.

PROCEDIMIENTO PARA LA VOTACION

3. Los integrantes de las Juntas Locales y Distritales expresarán su voto levantando la mano y los Vocales Secretarios, registrarán el sentido de la votación.

OBLIGACION DE VOTAR

4. Los integrantes de la Junta deberán votar todo Proyecto de Acuerdo y Resolución que se ponga a su consideración, y en su caso podrán abstenerse cuando la Junta considere que están impedidos en términos del artículo 8 fracción XI de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos o por disposición legal.

EMPATE

5. En caso de empate, el asunto se tendrá por no aprobado y deberá presentarse en una sesión posterior.