Artículo 82 Bis 1.- Los folios en los que se inscriban los fondos de inversión, contendrán la siguiente información:
I. Su denominación y el de la sociedad operadora de fondos de inversión que le preste los servicios de administración;
II. El tipo de fondo de inversión en función de su régimen de inversión, así como su modalidad y categoría;
III. La fecha de constitución;
IV. El domicilio de la sociedad operadora de fondos de inversión que le preste los servicios de administración, y
V. Los demás actos corporativos del fondo de inversión.
Structure Ley del Mercado de Valores