Título VI
Artículo 113.- Los intermediarios del mercado de valores serán: I....
Artículo 114.- Para organizarse y operar como casa de bolsa...
Artículo 115.- Las solicitudes de autorización para organizarse y operar...
Artículo 116.- Las casas de bolsa deberán acreditar a la...
Artículo 117.- El capital social de las casas de bolsa...
Artículo 118.- Las acciones representativas del capital social de las...
Artículo 119.- La adquisición, mediante una o varias operaciones simultáneas...
Artículo 120.- Las casas de bolsa se abstendrán, en su...
Artículo 121.- Las casas de bolsa, al convocar a las...
Artículo 122.- La administración de las casas de bolsa estará...
Artículo 123.- El consejo de administración de las casas de...
Artículo 124.- Los nombramientos de consejeros de las casas de...
Artículo 125.- Los cargos de consejeros independientes de las casas...
Artículo 126.- El consejo de administración deberá contar con un...
Artículo 127.- El consejo de administración de las casas de...
Artículo 128.- Los nombramientos del director general de las casas...
Artículo 129.- Las casas de bolsa deberán verificar que las...
Artículo 130.- Las casas de bolsa deberán implementar un sistema...
Artículo 130 Bis.- El consejo de administración deberá constituir un...
Artículo 131.- El órgano de vigilancia de las casas de...
Artículo 132.- La fusión de dos o más casas de...
Artículo 133.- Las autorizaciones para constituirse y operar como casas...
Artículo 134.- La escisión de casas de bolsa deberá ser...
Artículo 135.- En ejercicio de sus funciones de inspección y...
Artículo 136.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo...
Artículo 137.- La Comisión podrá ordenar la suspensión parcial de...
Artículo 138.- La Comisión podrá, previo derecho de audiencia, suspender...
Artículo 139.- Lo dispuesto en los artículos 137 y 138...
Artículo 140.- Cuando en virtud de la supervisión que realice...
Artículo 141.- La Comisión podrá declarar la intervención gerencial de...
Artículo 142.- Las personas que obtengan la inscripción en el...
Artículo 143.- El oficio que contenga el nombramiento de interventor-gerente...
Artículo 144.- El interventor-gerente tendrá todas las facultades que requiera...
Artículo 145.- El interventor-gerente ejercerá sus facultades sin supeditarse a...
Artículo 146.- Para el ejercicio de sus funciones, el interventor-gerente...
Artículo 147.- El interventor-gerente deberá levantar un inventario de los...
Artículo 148.- El interventor-gerente deberá formular un informe trimestral de...
Artículo 149.- Los honorarios del interventor-gerente y del personal auxiliar...
Artículo 150.- La Comisión deberá acordar el levantamiento de la...
Artículo 151.- El interventor-gerente deberá formular un informe final de...
Artículo 152.- Tratándose de casas de bolsa intervenidas, la Comisión...
Artículo 153.- La Comisión, con el acuerdo de su Junta...
Artículo 154.- La Comisión, a solicitud de la casa de...
Artículo 155.- La Comisión publicará en el Diario Oficial de...
Artículo 156.- La disolución y liquidación de las casas de...
Artículo 157.- La Comisión ejercerá las funciones de supervisión únicamente...
Artículo 158.- El concurso mercantil de las casas de bolsa...
Artículo 159.- La Comisión, previo acuerdo de su Junta de...
Artículo 160.- Las filiales, para organizarse y operar como tales,...
Artículo 161.- Las filiales se regirán por lo previsto en...
Artículo 162.- Las autoridades financieras, en el ámbito de sus...
Artículo 163.- Las instituciones financieras del exterior, para invertir en...
Artículo 164.- La solicitud de autorización para organizarse y operar...
Artículo 165.- El capital social de las filiales estará integrado...
Artículo 166.- Las acciones serie "F" representativas del capital social...
Artículo 167.- La Comisión, previo acuerdo de su Junta de...
Artículo 168.- El consejo de administración de las filiales estará...
Artículo 169.- El órgano de vigilancia de las filiales estará...
Artículo 170.- La Comisión, respecto de las filiales, tendrá todas...
Artículo 171.- Las casas de bolsa podrán realizar las actividades...
Artículo 172.- La Comisión, previo acuerdo de su Junta de...
Artículo 173.- Las casas de bolsa deberán mantener en todo...
Artículo 173 Bis.- Las casas de bolsa deberán evaluar, al...
Artículo 174.- La Comisión, previo acuerdo de su Junta de...
Artículo 175.- Las disposiciones de carácter general a que se...
Artículo 176.- Las casas de bolsa que pretendan recibir préstamos...
Artículo 177.- Las casas de bolsa que participen en colocaciones...
Artículo 177 Bis.- Las casas de bolsa que participen en...
Artículo 178.- Las casas de bolsa, al colocar o distribuir...
Artículo 179.- Las casas de bolsa no podrán operar fuera...
Artículo 180.- Las casas de bolsa que reciban instrucciones de...
Artículo 181.- La recepción y transmisión de órdenes y asignación...
Artículo 182.- Las casas de bolsa deberán mantener depositados los...
Artículo 183.- Las casas de bolsa podrán actuar como fiduciarias...
Artículo 184.- Las casas de bolsa previamente a la realización...
Artículo 185.- Las casas de bolsa que actúen como instituciones...
Artículo 186.- Las casas de bolsa que actúen con el...
Artículo 187.- Las casas de bolsa que actúen como fiduciarias,...
Artículo 188.- Las casas de bolsa, en el manejo de...
Artículo 189.- Las casas de bolsa serán responsables de la...
Artículo 190.- Las casas de bolsa cuando proporcionen servicios asesorados...
Artículo 190 Bis.- Las casas de bolsa deberán contar con...
Artículo 190 Bis 1.- Las casas de bolsa deberán contar...
Artículo 191.- Las casas de bolsa deberán proporcionar a sus...
Artículo 192.- Las casas de bolsa en ningún caso podrán...
Artículo 193.- Las casas de bolsa que reciban instrucciones de...
Artículo 194.- Las casas de bolsa, cuando por cualquier circunstancia...
Artículo 195.- Las casas de bolsa que reciban instrucciones de...
Artículo 196.- Las casas de bolsa no podrán disponer de...
Artículo 197.- Las casas de bolsa no podrán celebrar operaciones...
Artículo 198.- Las casas de bolsa responderán frente a sus...
Artículo 199.- Las operaciones que las casas de bolsa celebren...
Artículo 200.- Como consecuencia del contrato de intermediación bursátil: I....
Artículo 201.- En los contratos que celebren las casas de...
Artículo 202.- La falta de la forma exigida por esta...
Artículo 203.- Las casas de bolsa deberán enviar a sus...
Artículo 204.- La prenda bursátil constituye un derecho real sobre...
Artículo 205.- Los actos o contratos que signifiquen variación o...
Artículo 206.- Los fondos y valores de clientes de las...
Artículo 207.- Las casas de bolsa, en las operaciones de...
Artículo 208.- Las casas de bolsa estarán obligadas a grabar...
Artículo 209.- Las casas de bolsa podrán microfilmar, grabar en...
Artículo 210.- La Comisión, mediante disposiciones de carácter general, señalará...
Artículo 211.- La Comisión fijará las reglas para la estimación...
Artículo 212.- Las casas de bolsa, en términos de las...
Artículo 213.- Las casas de bolsa, ajustándose a los porcentajes...
Artículo 214.- Las casas de bolsa podrán invertir en títulos...
Artículo 215.- Las casas de bolsa podrán invertir, directa o...
Artículo 216.- Las casas de bolsa podrán realizar las actividades...
Artículo 217.- Las casas de bolsa deberán dar aviso a...
Artículo 218.- Las casas de bolsa deberán cerrar sus puertas...
Artículo 219.- Las casas de bolsa podrán contratar con terceros...
Artículo 220.- Las casas de bolsa que pretendan obtener la...
Artículo 221.- La contratación de los servicios a que se...
Artículo 222.- La proveeduría de servicios se regirá por un...
Artículo 223.- La Comisión podrá expedir disposiciones de carácter general...
Artículo 224.- La Comisión podrá establecer normas prudenciales orientadas a...