Ley del Mercado de Valores
Título VI

Título VI

Artículo 113.- Los intermediarios del mercado de valores serán: I....

Capítulo I

Artículo 114.- Para organizarse y operar como casa de bolsa...

Artículo 115.- Las solicitudes de autorización para organizarse y operar...

Artículo 116.- Las casas de bolsa deberán acreditar a la...

Artículo 117.- El capital social de las casas de bolsa...

Artículo 118.- Las acciones representativas del capital social de las...

Artículo 119.- La adquisición, mediante una o varias operaciones simultáneas...

Artículo 120.- Las casas de bolsa se abstendrán, en su...

Artículo 121.- Las casas de bolsa, al convocar a las...

Artículo 122.- La administración de las casas de bolsa estará...

Artículo 123.- El consejo de administración de las casas de...

Artículo 124.- Los nombramientos de consejeros de las casas de...

Artículo 125.- Los cargos de consejeros independientes de las casas...

Artículo 126.- El consejo de administración deberá contar con un...

Artículo 127.- El consejo de administración de las casas de...

Artículo 128.- Los nombramientos del director general de las casas...

Artículo 129.- Las casas de bolsa deberán verificar que las...

Artículo 130.- Las casas de bolsa deberán implementar un sistema...

Artículo 130 Bis.- El consejo de administración deberá constituir un...

Artículo 131.- El órgano de vigilancia de las casas de...

Artículo 132.- La fusión de dos o más casas de...

Artículo 133.- Las autorizaciones para constituirse y operar como casas...

Artículo 134.- La escisión de casas de bolsa deberá ser...

Artículo 135.- En ejercicio de sus funciones de inspección y...

Artículo 136.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo...

Artículo 137.- La Comisión podrá ordenar la suspensión parcial de...

Artículo 138.- La Comisión podrá, previo derecho de audiencia, suspender...

Artículo 139.- Lo dispuesto en los artículos 137 y 138...

Artículo 140.- Cuando en virtud de la supervisión que realice...

Artículo 141.- La Comisión podrá declarar la intervención gerencial de...

Artículo 142.- Las personas que obtengan la inscripción en el...

Artículo 143.- El oficio que contenga el nombramiento de interventor-gerente...

Artículo 144.- El interventor-gerente tendrá todas las facultades que requiera...

Artículo 145.- El interventor-gerente ejercerá sus facultades sin supeditarse a...

Artículo 146.- Para el ejercicio de sus funciones, el interventor-gerente...

Artículo 147.- El interventor-gerente deberá levantar un inventario de los...

Artículo 148.- El interventor-gerente deberá formular un informe trimestral de...

Artículo 149.- Los honorarios del interventor-gerente y del personal auxiliar...

Artículo 150.- La Comisión deberá acordar el levantamiento de la...

Artículo 151.- El interventor-gerente deberá formular un informe final de...

Artículo 152.- Tratándose de casas de bolsa intervenidas, la Comisión...

Artículo 153.- La Comisión, con el acuerdo de su Junta...

Artículo 154.- La Comisión, a solicitud de la casa de...

Artículo 155.- La Comisión publicará en el Diario Oficial de...

Artículo 156.- La disolución y liquidación de las casas de...

Artículo 157.- La Comisión ejercerá las funciones de supervisión únicamente...

Artículo 158.- El concurso mercantil de las casas de bolsa...

Artículo 159.- La Comisión, previo acuerdo de su Junta de...

Artículo 160.- Las filiales, para organizarse y operar como tales,...

Artículo 161.- Las filiales se regirán por lo previsto en...

Artículo 162.- Las autoridades financieras, en el ámbito de sus...

Artículo 163.- Las instituciones financieras del exterior, para invertir en...

Artículo 164.- La solicitud de autorización para organizarse y operar...

Artículo 165.- El capital social de las filiales estará integrado...

Artículo 166.- Las acciones serie "F" representativas del capital social...

Artículo 167.- La Comisión, previo acuerdo de su Junta de...

Artículo 168.- El consejo de administración de las filiales estará...

Artículo 169.- El órgano de vigilancia de las filiales estará...

Artículo 170.- La Comisión, respecto de las filiales, tendrá todas...

Capítulo II

Artículo 171.- Las casas de bolsa podrán realizar las actividades...

Artículo 172.- La Comisión, previo acuerdo de su Junta de...

Artículo 173.- Las casas de bolsa deberán mantener en todo...

Artículo 173 Bis.- Las casas de bolsa deberán evaluar, al...

Artículo 174.- La Comisión, previo acuerdo de su Junta de...

Artículo 175.- Las disposiciones de carácter general a que se...

Artículo 176.- Las casas de bolsa que pretendan recibir préstamos...

Artículo 177.- Las casas de bolsa que participen en colocaciones...

Artículo 177 Bis.- Las casas de bolsa que participen en...

Artículo 178.- Las casas de bolsa, al colocar o distribuir...

Artículo 179.- Las casas de bolsa no podrán operar fuera...

Artículo 180.- Las casas de bolsa que reciban instrucciones de...

Artículo 181.- La recepción y transmisión de órdenes y asignación...

Artículo 182.- Las casas de bolsa deberán mantener depositados los...

Artículo 183.- Las casas de bolsa podrán actuar como fiduciarias...

Artículo 184.- Las casas de bolsa previamente a la realización...

Artículo 185.- Las casas de bolsa que actúen como instituciones...

Artículo 186.- Las casas de bolsa que actúen con el...

Artículo 187.- Las casas de bolsa que actúen como fiduciarias,...

Artículo 188.- Las casas de bolsa, en el manejo de...

Artículo 189.- Las casas de bolsa serán responsables de la...

Artículo 190.- Las casas de bolsa cuando proporcionen servicios asesorados...

Artículo 190 Bis.- Las casas de bolsa deberán contar con...

Artículo 190 Bis 1.- Las casas de bolsa deberán contar...

Artículo 191.- Las casas de bolsa deberán proporcionar a sus...

Artículo 192.- Las casas de bolsa en ningún caso podrán...

Artículo 193.- Las casas de bolsa que reciban instrucciones de...

Artículo 194.- Las casas de bolsa, cuando por cualquier circunstancia...

Artículo 195.- Las casas de bolsa que reciban instrucciones de...

Artículo 196.- Las casas de bolsa no podrán disponer de...

Artículo 197.- Las casas de bolsa no podrán celebrar operaciones...

Artículo 198.- Las casas de bolsa responderán frente a sus...

Artículo 199.- Las operaciones que las casas de bolsa celebren...

Artículo 200.- Como consecuencia del contrato de intermediación bursátil: I....

Artículo 201.- En los contratos que celebren las casas de...

Artículo 202.- La falta de la forma exigida por esta...

Artículo 203.- Las casas de bolsa deberán enviar a sus...

Artículo 204.- La prenda bursátil constituye un derecho real sobre...

Artículo 205.- Los actos o contratos que signifiquen variación o...

Artículo 206.- Los fondos y valores de clientes de las...

Artículo 207.- Las casas de bolsa, en las operaciones de...

Artículo 208.- Las casas de bolsa estarán obligadas a grabar...

Artículo 209.- Las casas de bolsa podrán microfilmar, grabar en...

Artículo 210.- La Comisión, mediante disposiciones de carácter general, señalará...

Artículo 211.- La Comisión fijará las reglas para la estimación...

Artículo 212.- Las casas de bolsa, en términos de las...

Artículo 213.- Las casas de bolsa, ajustándose a los porcentajes...

Artículo 214.- Las casas de bolsa podrán invertir en títulos...

Artículo 215.- Las casas de bolsa podrán invertir, directa o...

Artículo 216.- Las casas de bolsa podrán realizar las actividades...

Artículo 217.- Las casas de bolsa deberán dar aviso a...

Artículo 218.- Las casas de bolsa deberán cerrar sus puertas...

Artículo 219.- Las casas de bolsa podrán contratar con terceros...

Artículo 220.- Las casas de bolsa que pretendan obtener la...

Artículo 221.- La contratación de los servicios a que se...

Artículo 222.- La proveeduría de servicios se regirá por un...

Artículo 223.- La Comisión podrá expedir disposiciones de carácter general...

Artículo 224.- La Comisión podrá establecer normas prudenciales orientadas a...