Ley del Mercado de Valores
Título X

Título X

Artículo 271.- El servicio centralizado de depósito, guarda, administración, compensación,...

Capítulo I

Artículo 272.- Para organizarse y operar como institución para el...

Artículo 273.- Las solicitudes de concesión para organizarse y operar...

Artículo 274.- Las instituciones para el depósito de valores deberán...

Artículo 275.- Las acciones representativas del capital social de las...

Artículo 276.- La administración de las instituciones para el depósito...

Artículo 277.- El consejo de administración de las instituciones para...

Artículo 278.- El consejo de administración podrá establecer los comités...

Artículo 279.- Las instituciones para el depósito de valores estarán...

Artículo 280.- Las instituciones para el depósito de valores realizarán...

Artículo 281.- Las instituciones para el depósito de valores podrán...

Artículo 282.- Los valores objeto de depósito en instituciones para...

Artículo 283.- El servicio de depósito a que se refiere...

Artículo 284.- Los depósitos constituidos por los depositantes se harán...

Artículo 285.- El depositante será responsable de la existencia, autenticidad...

Artículo 286.- Las instituciones para el depósito de valores serán...

Artículo 287.- Las instituciones para el depósito de valores restituirán...

Artículo 288.- Con el objeto de que las instituciones para...

Artículo 289.- Las instituciones para el depósito de valores, para...

Artículo 290.- Las instituciones para el depósito de valores expedirán...

Artículo 291.- Las certificaciones por parte del director general o...

Artículo 292.- Las instituciones para el depósito de valores, a...

Artículo 293.- Las instituciones para el depósito de valores, a...

Artículo 294.- Las instituciones para el depósito de valores deberán...

Artículo 295.- Las instituciones para el depósito de valores en...

Artículo 296.- Las instituciones para el depósito de valores enviarán...

Artículo 297.- Los aranceles que las instituciones para el depósito...

Artículo 298.- La Secretaría, a propuesta de la Comisión o...

Artículo 299.- La Secretaría podrá revocar la concesión para operar...

Artículo 300.- La disolución y liquidación, así como el concurso...

Capítulo II

Artículo 301.- Las actividades que tengan por objeto reducir los...

Artículo 302.- Las solicitudes de concesión para organizarse y operar...

Artículo 303.- Las contrapartes centrales deberán contar con el capital...

Artículo 304.- Ninguna persona o grupo de personas podrá adquirir,...

Artículo 305.- La administración de las contrapartes centrales de valores...

Artículo 306.- El consejo de administración de las contrapartes centrales...

Artículo 307.- Las contrapartes centrales de valores realizarán las actividades...

Artículo 308.- Las personas autorizadas conforme a ésta u otras...

Artículo 309.- Las obligaciones que las contrapartes centrales de valores...

Artículo 310.- Los recursos a que se refiere el artículo...

Artículo 311.- Las contrapartes centrales de valores deberán informar a...

Artículo 312.- Las contrapartes centrales de valores podrán divulgar la...

Artículo 313.- Las contrapartes centrales de valores deberán mantener informados...

Artículo 314.- Las contrapartes centrales de valores deberán llevar contabilidades...

Artículo 315.- Las contrapartes centrales de valores deberán formular su...

Artículo 316.- La Comisión, sin perjuicio de lo establecido en...

Artículo 317.- Los aranceles que las contrapartes centrales de valores...

Artículo 318.- Las contrapartes centrales de valores estarán sujetas, en...

Artículo 319.- La Secretaría, a propuesta de la Comisión o...

Artículo 320.- La Secretaría podrá revocar la concesión para operar...

Artículo 321.- La disolución y liquidación, así como el concurso...