Artículo 47 Bis 3. La Procuraduría, en el ámbito de sus competencias, sancionará las infracciones a los derechos de los pasajeros, en los términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
(ADICIONADO, D.O.F. 26 DE JUNIO DE 2017)
Structure Ley de Aviación Civil