Reglamento de Cooperativas Escolares
Artículo 12

Artículo 12.-Las cooperativas escolares po- drán ser de dos tipos:

a) Cooperativas escolares de consumo, y b) Cooperativas escolares de producción.

ción y venta de materiales  didácticos, útiles es­ colares, vestuario y alimentos que requieran los socios durante su permanencia en la escuela.