Artículo 31.- Para la junta de aclaraciones se considerará lo siguiente:
El acto será presidido por el titular de la DGA, el cual podrá delegar esta función en un servidor público con un nivel mínimo de subdirector, quien será asistido por un representante del área técnica o usuaria de los bienes, arrendamientos o servicios objeto de la contratación, a fin de que resuelvan en forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los licitantes relacionados con la convocatoria. A este acto deberá asistir un representante de la DGAJ y de la Contraloría en carácter de asesores.
Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria a la licitación pública, indicando el numeral o punto específico con el cual se relacionan. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas por la convocante.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a la convocatoria, presentarán un escrito mediante el cual expresen su interés en participar en la licitación, por sí o en representación de un tercero, manifestando los datos generales del interesado y, en su caso, del representante legal.
Los licitantes podrán enviar preguntas por medio del correo electrónico que establezca la DGA para estos efectos y mediante el COMPRAIFAI, o bien podrán ser entregadas personalmente dependiendo del tipo de licitación de que se trate, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se haya programado la junta de aclaraciones.
El área contratante tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración, la que indique el sello de recepción de la DGA y, tratándose de las solicitudes presentadas a través del COMPRAIFAI, la hora que éste registre al momento de su envío.
En el evento que tenga lugar la junta de aclaraciones, el servidor público autorizado para presidirla dará lectura a las preguntas que hayan sido presentadas y a las respuestas emitidas por las áreas convocante y técnica.
Al concluir cada junta de aclaraciones podrá señalarse la fecha y hora para la celebración de posteriores juntas, considerando que entre la última programada y el acto de presentación y apertura de proposiciones deberá existir un plazo de al menos seis días naturales. De resultar necesario, podrá diferirse la fecha establecida en la convocatoria para realizar el acto de presentación y apertura de proposiciones.
De cada junta de aclaraciones se elaborará un acta en la que se harán constar los cuestionamientos formulados por los licitantes y las respuestas emitidas por la convocante. En el acta correspondiente a la última junta de aclaraciones se indicará expresamente esta circunstancia.
Estructura Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos