Reglamento de Cooperativas Escolares
Articulo 32

Articulo 32.-El Comité de Vigilancia se reu­ nirá siempre que un asunto importante así lo amerite, y como mínimo una vez al mes, por con­ vocatoria de su Presidente.

El quórum se integrará  con la presencia de por lo m mos tres de sus miembros, incluyendo al Presidente.

Los acuerdos se tomarán por mayoría de vo­ tos y, en caso de empate,  el Presidente  tendrá voto de calidad.

De cada sesión deberá levantarse el acta co­

rrespondiente.