Reglamento para el Uso, Explotación y Aprovechamiento de las Aguas del Subsuelo en la Zona conocida como Comarca Lagunera y que establece la reserva de agua potable respectiva
Artículo primero

ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Reglamento es de interés público y tiene por objeto el control de la extracción y utilización de las aguas del subsuelo en la zona conocida como Comarca Lagunera, a fin de presentar los mantos acuíferos, evitando el constante deterioro de la calidad del agua subterránea y garantizando el abastecimiento del vital líquido para todos los usos.