Reglamento Interno para el Funcionamiento de los Comités Técnicos Estatales del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades
Artículo 31

Artículo 31. Las cuestiones operativas no previstas por el presente Reglamento Interno, serán resueltas por el pleno del Comité con estricto apego a las Reglas de Operación, a los lineamientos emitidos por la Coordinación Nacional o por el Comité Técnico de la Coordinación Nacional.