Reglamento Interno para el Funcionamiento de los Comités Técnicos Estatales del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades
Artículo 13

Artículo 13. Los invitados podrán:

I.        Asistir y participar activamente en las sesiones del Comité.

II.       Proponer al Comité modificaciones a las Reglas de Operación, a este Reglamento Interno y a los manuales de procedimientos específicos, de acuerdo a las necesidades operativas y a la mejora continua de la operación, para que en caso de considerarse viables se turnen al Comité Técnico de la Coordinación Nacional, a través de la Dirección General de Coordinación y Vinculación de la Coordinación Nacional, por conducto del Secretario Técnico.

SECCION V

POLITICAS DE OPERACION DEL COMITE

De las sesiones