Reglamento Interno para el Funcionamiento de los Comités Técnicos Estatales del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades
Artículo 24

Artículo 24. Las resoluciones y acuerdos del Comité se tomarán por mayoría simple, buscando siempre favorecer a las familias beneficiarias, de conformidad con las disposiciones establecidas en las Reglas de Operación. El Presidente del Comité tendrá voto de calidad en caso de empate.

De la adopción de los acuerdos