Reglamento Interno para el Funcionamiento de los Comités Técnicos Estatales del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades
Artículo 20

Artículo 20. Los asuntos presentados al Comité estarán sustentados en los análisis cuantitativos y cualitativos que ameriten, así como en los aspectos administrativos y legales que correspondan, a efecto de garantizar que sus sesiones se desarrollen con agilidad, procurando un desahogo asertivo de la agenda y una adecuada adopción de los acuerdos que se juzguen pertinentes. 

Del orden del día