Reglamento para la Escuela Médico Militar de Veterinaria y Mariscalía
Articulo 52

ARTICULO 52.- A los alumnos de medicina Veterinaria que presenten el examen profesional y resulten aprobados, se les expedirá el despacho de Mayores Médicos Veterinarios del Ejército, y se les extenderá el título correspondiente. Los alumnos de Mariscalía que reúnan el requisito invocado en primer término, se les expedirá despacho de Subtenientes Mariscales y el título respectivo. El tiempo de servicios obligatorio para ambos, será de cinco años.