Reglamento para la Escuela Médico Militar de Veterinaria y Mariscalía
Articulo 32

ARTICULO 32.- Los alumnos de la Escuela Militar de Medicina Veterinaria y Mariscalía, durante su estancia en el establecimiento observarán todas las disposiciones de carácter disciplinario que sean dictadas por la Dirección y se sujetarán a las prevenciones del presente Reglamento.