ARTICULO 33.- La Comisión Consultiva de Guías se integrará por tres representantes de la Secretaría y tres de las organizaciones representativas de estos prestadores de servicios.
La Secretaría calificará el carácter representativo de las organizaciones que propongan integrantes para la Comisión.
Por cada representante propietario se designará un suplente.
Estructura Reglamento de Guías de Turistas