Artículo 98. Los horarios de aterrizaje y despegue asignados a los transportistas podrán intercambiarse o cederse con otros transportistas, siempre que ambos se encuentren al corriente en el pago de los servicios señalados en el artículo 96 de este Reglamento; el horario en cuestión hubiera sido utilizado por lo menos un año por el transportista original, y se notifique al administrador aeroportuario de la operación, precisando el horario de que se trate.
El administrador aeroportuario podrá retirar los horarios de aterrizaje y despegue asignados a los transportistas aéreos cuando los intercambien o cedan en contravención del párrafo anterior o tengan adeudos vencidos en el pago de los servicios señalados en el artículo 96 de este Reglamento, debiendo notificarlo al transportista con 90 días de anticipación.
Structure Reglamento de la Ley de Aeropuertos
Título primero disposiciones generales
Capítulo II de la clasificación de los aeródromos
Título segundo de las concesiones y permisos para
Capítulo I de las concesiones para aeropuertos
Capítulo II de los permisos para aeródromos de
Capítulo III disposiciones comunes
Título tercero de la infraestructura de los aeródromos
Capítulo I de las obras e instalaciones
Capítulo II de la construcción, reconstrucción, ampliación y
Título cuarto de los servicios a la navegación
Título quinto de los servicios en los aeródromos
Capítulo I de los servicios aeroportuarios y complementarios
Capítulo II de los servicios comerciales
Capítulo III de la contratación
Capítulo V de la capacitación, el adiestramiento y
Capítulo VI de la interrupción de los servicios
Capítulo VII de la imposición de modalidades a
Título sexto de la operación en los aeródromos
Capítulo I de las reglas generales de operación
Capítulo II de los criterios para la elaboración
Capítulo III del comité de operación y horarios
Capítulo I de las medidas de seguridad
Capítulo II del control de acceso
Capítulo III del comité nacional de seguridad aeroportuaria
Título Décimo de la autoridad aeroportuaria y coordinación
Capítulo I de la autoridad aeroportuaria
Capítulo II de la coordinación de autoridades
Capítulo III de la comisión consultiva
Título Décimo primero de la información, evaluación, verificación
Capítulo I de la información y evaluación