Artículo 37. Todas las obras de construcción, reconstrucción o ampliación en un aeródromo civil, deberán cumplir con las disposiciones aplicables y satisfacer los estándares de seguridad, eficiencia y calidad de los servicios correspondientes, atendiendo a la categoría del aeródromo.
Los concesionarios o permisionarios incorporarán en el programa maestro de desarrollo o el programa indicativo de inversiones, las obras mayores que pretendan realizar durante la vigencia de dichos programas, especificando las obras, sus características generales, las fechas y tiempos estimados de ejecución, así como las razones de su realización.
Los concesionarios o permisionarios deberán solicitar la autorización de la Secretaría para llevar a cabo obras mayores que no se encuentren previstas en el programa maestro de desarrollo o el programa indicativo de inversiones, señalando en la solicitud la clase de obra, sus características generales, la fecha y tiempo estimados de ejecución, así como las razones de su realización, debiendo acompañar la recomendación del comité de operación y horarios, el cual contará con 15 días naturales para emitir la misma a partir de que se le presente el proyecto de solicitud citada. Esta autorización deberá obtenerse previamente a la presentación del proyecto ejecutivo señalado en el artículo 38 de este Reglamento; al efecto será aplicable lo dispuesto en el artículo 24, tercer párrafo. La Secretaría resolverá las solicitudes en un plazo que no excederá de veinte días hábiles.
Structure Reglamento de la Ley de Aeropuertos
Título primero disposiciones generales
Capítulo II de la clasificación de los aeródromos
Título segundo de las concesiones y permisos para
Capítulo I de las concesiones para aeropuertos
Capítulo II de los permisos para aeródromos de
Capítulo III disposiciones comunes
Título tercero de la infraestructura de los aeródromos
Capítulo I de las obras e instalaciones
Capítulo II de la construcción, reconstrucción, ampliación y
Título cuarto de los servicios a la navegación
Título quinto de los servicios en los aeródromos
Capítulo I de los servicios aeroportuarios y complementarios
Capítulo II de los servicios comerciales
Capítulo III de la contratación
Capítulo V de la capacitación, el adiestramiento y
Capítulo VI de la interrupción de los servicios
Capítulo VII de la imposición de modalidades a
Título sexto de la operación en los aeródromos
Capítulo I de las reglas generales de operación
Capítulo II de los criterios para la elaboración
Capítulo III del comité de operación y horarios
Capítulo I de las medidas de seguridad
Capítulo II del control de acceso
Capítulo III del comité nacional de seguridad aeroportuaria
Título Décimo de la autoridad aeroportuaria y coordinación
Capítulo I de la autoridad aeroportuaria
Capítulo II de la coordinación de autoridades
Capítulo III de la comisión consultiva
Título Décimo primero de la información, evaluación, verificación
Capítulo I de la información y evaluación