Artículo 170. Toda autoridad que requiera, de acuerdo a sus facultades, contar con representantes permanentes dentro de un aeródromo civil, deberá informarlo mediante oficio a la Secretaría, señalando las facultades que requiere ejercer; el nombre de todo el personal que estará comisionado al aeródromo, designando a un responsable con facultades de decisión, e indicando el cargo y las funciones que cada uno desempeñará. En caso de que requieran portar armas para el ejercicio de sus atribuciones, precisarán el tipo de arma y los nombres de los funcionarios que las portan, los que deberán sujetarse a lo dispuesto por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, así como su Reglamento.
Toda autoridad deberá notificar por escrito a la Secretaría cualquier cambio derivado de altas o bajas del personal o vehículos que comisione a los aeródromos civiles y de entregar al administrador aeroportuario la identificación correspondiente para su destrucción, así como informar de su extravío.
El responsable designado por cada autoridad realizará los trámites necesarios a través de la comisión coordinadora de autoridades, para que el administrador aeroportuario le otorgue a él y a su personal la identificación que corresponda conforme a este Reglamento, para su acceso al aeródromo civil.
Structure Reglamento de la Ley de Aeropuertos
Título primero disposiciones generales
Capítulo II de la clasificación de los aeródromos
Título segundo de las concesiones y permisos para
Capítulo I de las concesiones para aeropuertos
Capítulo II de los permisos para aeródromos de
Capítulo III disposiciones comunes
Título tercero de la infraestructura de los aeródromos
Capítulo I de las obras e instalaciones
Capítulo II de la construcción, reconstrucción, ampliación y
Título cuarto de los servicios a la navegación
Título quinto de los servicios en los aeródromos
Capítulo I de los servicios aeroportuarios y complementarios
Capítulo II de los servicios comerciales
Capítulo III de la contratación
Capítulo V de la capacitación, el adiestramiento y
Capítulo VI de la interrupción de los servicios
Capítulo VII de la imposición de modalidades a
Título sexto de la operación en los aeródromos
Capítulo I de las reglas generales de operación
Capítulo II de los criterios para la elaboración
Capítulo III del comité de operación y horarios
Capítulo I de las medidas de seguridad
Capítulo II del control de acceso
Capítulo III del comité nacional de seguridad aeroportuaria
Título Décimo de la autoridad aeroportuaria y coordinación
Capítulo I de la autoridad aeroportuaria
Capítulo II de la coordinación de autoridades
Capítulo III de la comisión consultiva
Título Décimo primero de la información, evaluación, verificación
Capítulo I de la información y evaluación