Reglamento de la Ley de Aeropuertos
Título sexto de la operación en los aeródromos

Título Sexto De la operación en los aeródromos civiles

Capítulo I De las reglas generales de operación

Artículo 90. Todo aeródromo civil de servicio al público deberá...

Artículo 91. Para que un aeródromo civil preste servicios fuera...

Artículo 92. El transportista aéreo que solicite la autorización de...

Artículo 93. Para efectos del artículo 63 de la Ley,...

Artículo 94. En cada aeródromo la Secretaría determinará, conforme a...

Artículo 95. El administrador aeroportuario asignará los horarios de aterrizaje...

Artículo 96. Los transportistas y operadores aéreos que requieran se...

Artículo 97. Los transportistas y operadores aéreos serán responsables de...

Artículo 98. Los horarios de aterrizaje y despegue asignados a...

Artículo 99. En el supuesto de que la Secretaría resuelva...

Artículo 100. La Secretaría, por sí o a petición de...

Artículo 101. La Secretaría notificará al concesionario o permisionario la...

Artículo 102. Los ingresos que obtenga el concesionario o permisionario...

Artículo 103. La asignación de los horarios de aterrizaje y...

Artículo 104. Todo transportista u operador aéreo después de aterrizar...

Artículo 105. Las aeronaves sólo podrán utilizar las áreas del...

Artículo 106. El permisionario de un aeródromo acuático deberá establecer...

Artículo 107. El vuelo de aeronaves de ala rotativa dentro...

Artículo 108. Todo movimiento de una aeronave dentro de las...

Artículo 109. El transportista u operador aéreo deberá retirar cualquier...

Artículo 110. El administrador aeroportuario que presuma el abandono de...

Artículo 111. Los prestadores de servicios aeroportuarios y complementarios tomarán...

Artículo 112. En las plataformas de operación de un aeródromo...

Artículo 113. En las plataformas de operación no se debe...

Artículo 114. La carga y descarga deberá realizarse dentro de...

Artículo 115. Sólo se pueden encender motores de aeronaves estacionadas...

Artículo 116. El administrador aeroportuario, los transportistas aéreos y los...

Artículo 117. El concesionario o permisionario debe delimitar claramente las...

Artículo 118. En los aeródromos civiles se prohíbe: I.     Utilizar...

Artículo 119. Toda zona del aeródromo civil debe mantenerse libre...

Artículo 120. Los vehículos y equipos dentro de las zonas...

Artículo 121. Toda persona que conduzca un vehículo en las...

Artículo 122. El concesionario o permisionario debe permitir que se...

Artículo 123. Los sistemas de comunicación del aeródromo únicamente deben...

Artículo 124. La red de intercomunicación de emergencia, fija y...

Artículo 125. El concesionario o permisionario debe destinar frecuencias en...

Artículo 126. Toda persona que transite a pie o en...

Capítulo II De los criterios para la elaboración de las...

Artículo 127. Las reglas de operación de cada aeródromo de...

Artículo 128. Una vez que la Secretaría autorice las reglas...

Capítulo III Del comité de operación y horarios

Artículo 129. El concesionario debe constituir, previamente al inicio de...

Artículo 130. Los transportistas aéreos, operadores aéreos y prestadores de...

Artículo 131. El administrador aeroportuario debe convocar por escrito a...

Artículo 132. El administrador aeroportuario debe recibir todas las quejas...