Reglamento de Cooperativas Escolares
Articulo 6o

Articulo 6o.-En las escuelas federales y en las que cuenten con autorización o reconocimien­ to de validez oficial de estudios, a excepción de las instituciones que tengan el carácter de uni­ versidades  autónomas,  sólo podrán  realizarse las actividades a que se refiere el articulo 13 de este reglamento  por conducto de cooperativas escolares que se constituyan conforme al mismo.