Articulo 23.-Corresponde a la Asamblea
General:
l.-Nombrar y, en su caso, remover a los miembros del Consejo de Administración, del Comité de Vigilancia y de las comisiones que se integren;
H.-Designar el asesor del presidente del
Consejo de Administración en caso del artículo
2:1;
!H.-Aprobar o rechazar la admisión de so
cios;
!V.-Aprobar, en su caso, los informes de contabilidad y los demás que se relacionen con el funcionamiento de la cooperativa;
V.-Estudiar y aprobar las modifícadom•s a las bases constitutivas que no se opon an a las disposiciones del presente ordenamit•nto;
- VI.-Autorizar los programas dt• pmdm· ción, adquisición, tmbajo. distt·ibudún y \'t'tltas que le someta el Consejo de Admínístnu.·íún,
VIL-Aprobar o rechazar los aunu•ntos o disminuciones del capital social;
Viernes 23 de abril de 1982 DIARIO OFICIAL 23
VIII.-Analizar y aprobar el programa de cuentas de ahorro o de cheques que le someta el Consejo de Administración;
. IX.-Aplicar sanciones a los socios y definir responiabilidades a los miembros del Consejo de Administración, Comité de Viglancia y comisio nes que se integren;
X.-Aprobar la aplicación del fondo de re
serva;
XL-Aprobar la distribución de los rendi mientos económicos, conforme al presente re- glamento; ·
XII.-Aprobar los proyectos deistribución del fondo repartible y .de utilización del fondo de reserva, elaborado por el Consejo de Adminstra ción; .
XIII.-Adoptar las disposiciones convenien
tes para la buena marcha de la cooperativa;
XIV.-Crear los mecanismos necesarios pa ra otorgar estímulos a los socios que hayan con tribuido de una manera sobresaliente al logro de los propósitos de la cooperativa, y
. XV.-Ejercer las demás .facultades que le confiece el presente Reglamento y las que le sean atribuibles.
. Articulo 24.-Las.cooperativas escolares ce lebrarán asambleas generales ordinarias y ·ex traordinarias. Las ordinarias se efectuarán una en el primer mes y otra en el último del año esco lar, como mínimo. Las extraordinarias, cuando se considere necesario.
··Las convocatorias par.a las asambleas gene
.rales, incluyendo los asuntos a tratar, serán ela boradas Jl)r el Consejo de Administración y se fi jarán en !lb lugar visible dentro del plantel, con cineo día$ de anticipación. ·
Cuando el Consejo de Administración omita efectuar las convocatorias correspondientes, el Comité de Vigilancia podrá convocar a una asamblea extraordinaria al efecto del informe sobre la anomalia, promoviendo la ¡¡dopción por parte de la Asamblea General de las medidas pertinentes.
Structure Reglamento de Cooperativas Escolares