Reglamento de Cooperativas Escolares
Artículo 4o

Artículo 4o.-En cumplimiento de las atribu­ ciones que le confiere el artículo 3o.,la Secreta­ ría de Educación Pública, designará las unida­ des administrativas que tendrán a cargo la su-

1pervisión técnica y pedadógica de las cooperati­

vas escolares.