Artículo 160. El recurso de inconformidad procede contra las resoluciones emitidas por los Organismos garantes de las Entidades Federativas que:
I. Confirmen o modifiquen la clasificación de la información, o
II. Confirmen la inexistencia o negativa de información.
Se entenderá como negativa de acceso a la información la falta de resolución de los Organismos garantes de las Entidades Federativas dentro del plazo previsto para ello.
Structure Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública