Artículo 79. Para llevar a cabo el procedimiento de licitación pública al que se refiere el artículo anterior, el Instituto publicará en su página de Internet y en el Diario Oficial de la Federación la convocatoria respectiva.
Las bases de licitación pública incluirán como mínimo:
I. Los requisitos que deberán cumplir los interesados para participar en la licitación, entre los que se incluirán:
a) Los programas y compromisos de inversión, calidad, de cobertura geográfica, poblacional o social, de conectividad en sitios públicos y de contribución a la cobertura universal que, en su caso, determine el Instituto, para lo cual considerará las propuestas que formule anualmente la Secretaría conforme a los planes y programas respectivos;
b) Las especificaciones técnicas de los proyectos, y
c) El proyecto de producción y programación, en el caso de radiodifusión;
II. El modelo de título de concesión;
III. El valor mínimo de referencia y los demás criterios para seleccionar al ganador, la capacidad técnica y la ponderación de los mismos;
IV. Las bandas de frecuencias objeto de concesión; su modalidad de uso y zonas geográficas en que podrán ser utilizadas; y la potencia en el caso de radiodifusión. En su caso, la posibilidad de que el Instituto autorice el uso secundario de la banda de frecuencia en cuestión en términos de la presente Ley;
V. Los criterios que aseguren competencia efectiva y prevengan fenómenos de concentración que contraríen el interés público;
VI. La obligación de los concesionarios de presentar garantía de seriedad;
VII. La vigencia de la concesión, y
VIII. En ningún caso el factor determinante será meramente económico, sin menoscabo de lo establecido en esta Ley en materia de contraprestaciones.
Structure Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Artículo reformado dof 27-01-2017
Artículo reformado dof 16-04-2021
Artículo declarado inválido por sentencia de la scjn
Capítulo declarado inválido por sentencia de la scjn
Artículo adicionado dof 16-04-2021
Artículo declarado inválido por sentencia de la scjn
Artículo adicionado dof 24-01-2020
Artículo reformado dof 17-12-2015
Artículo adicionado dof 17-12-2015