Capítulo V
Artículo 44. De manera excepcional y sólo cuando exista urgencia,...
Artículo 45. El Pleno deliberará en forma colegiada y decidirá...
Artículo 46. El Pleno ordenará la publicación en el Diario...
Artículo 47. Los acuerdos y resoluciones del Pleno del Instituto...
Artículo 48. Las grabaciones de las sesiones del Pleno del...
Artículo 49. Cuando la información correspondiente a uno o varios...
Artículo 50. Las actas de las sesiones se publicarán en...
Artículo 51. Para la emisión y modificación de reglas, lineamientos...
Artículo 52. El estatuto orgánico determinará los mecanismos a los...