ARTICULO 44.- Constituyen notas de demérito para los derechos escalafonarios de un trabajador, las notas malas que obren en su expediente, durante un período de doce meses anteriores a la fecha en que se presente la solicitud de ascenso. Igualmente serán tomadas en cuenta las menciones honoríficas y notas buenas que aparezcan en el expediente personal del interesado en el mismo tiempo de servicios.
Estructura Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Secretaría de Marina
Articulo 44