Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Secretaría de Marina
Articulo 48

ARTICULO 48.- Las solicitudes de permutas serán remitidas directamente a la Comisión Mixta de Escalafón y contendrán los siguientes datos:

I.- Nombre, categoría y firma de los interesados.

II.- Motivos en que se apoyen los trabajadores para solicitar permuta.

III.- Conformidad expresa de sus jefes inmediatos y sus jefes superiores.