Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Secretaría de Marina
Articulo 18

ARTICULO 18.- Cada uno de los sectores a que se refiere el artículo anterior comprende los grupos y clases que señala el Instructivo General del Presupuesto de Egresos de la Federación y que en la Secretaría de Marina son:

A.- Profesional.

B.- Especializado.

C.- Administrativo.

D.- Obrero.

E. Servidumbre.