ARTICULO 28o.
El patrimonio del Colegio estará constituido por:
I. Los bienes que le asigne el Gobierno Federal y los que se encuentran actualmente al servicio del Colegio de Postgraduados;
II. Los subsidios que le otorguen los Gobiernos Federal, Estatal o municipal;
III. Los ingresos que obtenga por los servicios que preste;
IV. Las utilidades que se obtengan del registro y explotación de patentes y marcas, provenientes de las investigaciones científicas y tecnológicas que se realicen en el Colegio, o de las que sea titular, y
V. Los demás bienes, derechos e ingresos que adquiera por cualquier título legal.
Structure Reglamento Interior del Colegio de Postgraduados