Reglamento Interior del Colegio de Postgraduados
Articulo 23o

ARTICULO 23o.

El cuerpo académico del Colegio estará integrado por profesionales que tendrán a su cargo las actividades de enseñanza, investigación y servicio. Las categorías de los integrantes del cuerpo académico, los requisitos que deben satisfacer, así como sus atribuciones y obligaciones, serán establecidos en el Reglamento General y demás ordenamientos correspondientes.