Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía
Artículo 4o

Artículo 4o. El Sector Social de la Economía estará integrado por las siguientes formas de organización social:

I.       Ejidos;

II.      Comunidades;

III.     Organizaciones de trabajadores;

IV.     Sociedades Cooperativas;

V.      Empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores; y

VI.     En general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.