Artículo 10. Los Organismos del Sector orientarán su actuación en los siguientes valores:
I. Ayuda mutua;
II. Democracia;
III. Equidad;
IV. Honestidad;
V. Igualdad;
VI. Justicia;
VII. Pluralidad;
VIII. Responsabilidad compartida;
IX. Solidaridad;
X. Subsidiariedad;
Fracción reformada DOF 11-06-2013
XI. Transparencia;
Fracción reformada DOF 11-06-2013
XII. Confianza;
Fracción adicionada DOF 11-06-2013. Reformada DOF 12-04-2019
XIII. Autogestión, e
Fracción adicionada DOF 11-06-2013. Reformada DOF 12-04-2019
XIV. Inclusión Social.
Fracción adicionada DOF 12-04-2019
Structure Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía