Reglamento de Escalafón de la Secretaría de Gobernación
Artículo 19

ARTÍCULO 19.

Si por alguna razón fuera declarado desierto el concurso a que alude el artículo anterior, tendrán derecho a concursar, en una tercera instancia, todos los trabajadores que ocupen puestos inferiores a la vacante del escalafón.