ARTÍCULO 21.- Las banderas de guerra de los Cuerpos se conservarán siempre desplegadas en un nicho que estará en la Sala de Banderas o Estandartes, y cerca de ella habrá día y noche, un centinela con la consigna de no permitir que alguien la toque, con excepción del Comandante del Cuerpo, el Ayudante y el Abanderado.
Structure Reglamento de Ceremonial Militar