ARTÍCULO 85.- Cuando visite algún cuartel o establecimiento militar, además de los honores prevenidos en el artículo 82, será recibido y despedido en la puerta por el Comandante o Jefe de la Dependencia, quien lo acompañará en su visita. En defecto de éstos, será el Capitán de Cuartel, o la persona de mayor jerarquía quienes cumplirán con tal atención. La tropa con sus oficiales, formarán sin armas en sus cuadras o en el lugar que se designe. Cuando la visita tenga lugar después de la última lista del día, se observará lo antes prescrito, con excepción de los honores y la formación de la tropa.
Structure Reglamento de Ceremonial Militar