ARTÍCULO 114.- Al recibirse la noticia oficial de su muerte, o al día siguiente, si se recibe durante la noche, se izarán las banderas a media asta en todos los lugares donde hubiere guarnición y si hubiere artillería, se harán en ese momento una salva de veintiún disparos.
Durante el día, las banderas de servicio de los cuarteles y edificios militares estarán izadas a media asta, desde el toque de diana a la última lista de la tarde; y mientras no se verifique la inhumación, la artillería hará un disparo cada media hora y tres al izarse o arriarse las banderas.
Structure Reglamento de Ceremonial Militar