Reglamento para el Servicio de Maniobras en Zonas Federales Terrestres
Artículo 1

Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular la prestación de las maniobras de carga, descarga, estiba, desestiba, acarreo, almacenaje, transbordo y en general las que auxilien y complementen el servicio público federal de transporte terrestre y aéreo.

Se excluye la prestación de maniobras en los puertos marítimos y fluviales las que están sujetas a sus propios ordenamientos.