ARTÍCULO 49. Las Comisiones, tendrán las siguientes funciones y atribuciones:
I. Promover y vigilar el cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento y de las normas y demás disposiciones relacionadas con aspectos de seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo;
II. Derivado del resultado de las verificaciones a los centros de trabajo, proponer a las Dependencias y Entidades las medidas preventivas de seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo, que estimen convenientes;
III. Investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo;
IV. Vigilar que el medio ambiente de trabajo para las mujeres en periodo de gestación o de lactancia sea el adecuado;
V. Supervisar el uso y elaborar recomendaciones relativas al mantenimiento del equipo de protección personal;
VI. Determinar las medidas correctivas necesarias para erradicar la insalubridad en los centros de trabajo;
VII. Informar al Instituto de los accidentes de trabajo que ocurran en su centro de trabajo, diferenciados por género;
VIII. Realizar verificaciones trimestralmente, según lo dispuesto en su programa anual de trabajo, a fin de detectar condiciones peligrosas o actos inseguros que puedan generar un riesgo de trabajo, y
IX. Las demás que establezcan las propias Comisiones y las que deriven de las propuestas y recomendaciones del Instituto.
Structure Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del Sector Público Federal
Título primero disposiciones generales y obligaciones de las
Capítulo I disposiciones generales
Capítulo II de las obligaciones de las dependencias,
Título segundo condiciones de seguridad en los centros
Capítulo I de los edificios, locales, instalaciones y
Capítulo II de la prevención y protección contra
Capítulo III de las instalaciones eléctricas
Título tercero condiciones que favorecen el desarrollo de
Título cuarto estudios, investigaciones y medidas de seguridad
Capítulo I de los estudios e investigaciones en
Capítulo II de los equipos de protección en
Título quinto de la protección del trabajo de
Título sexto comisiones de seguridad, higiene y medio
Capítulo I disposiciones generales
Capítulo II de las comisiones centrales
Capítulo III de las comisiones estatales
Capítulo IV de las comisiones auxiliares
Título séptimo órganos consultivos de seguridad, higiene y
Título octavo programa de prevención de riesgos de
Capítulo I del programa de prevención de riesgos
Capítulo II de la capacitación
Título noveno medicina del trabajo
Capítulo I de los servicios preventivos de salud
Capítulo II de las estadísticas sobre accidentes y
Título Décimo propuestas y recomendaciones
Título Décimo primero vigilancia, responsabilidad y sanciones