TÍTULO SEGUNDO CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS CENTROS DE TRABAJO
CAPÍTULO I DE LOS EDIFICIOS, LOCALES, INSTALACIONES Y ÁREAS DE...
ARTÍCULO 9. Los edificios o locales donde se ubiquen los...
ARTÍCULO 10. Los edificios, locales e instalaciones de las Dependencias...
ARTÍCULO 11. En los pisos interiores y exteriores de los...
ARTÍCULO 12. Las Dependencias y Entidades deberán observar en sus...
ARTÍCULO 13. En aquellos casos que por la naturaleza de...
ARTÍCULO 14. Las áreas de recepción de materiales, almacenamiento, mantenimiento,...
ARTÍCULO 15. Las áreas de tránsito con circulación peatonal y...
CAPÍTULO II DE LA PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN...
ARTÍCULO 16. En los centros de trabajo se deberá contar...
ARTÍCULO 17. Para la prevención y combate de incendios, las...
ARTÍCULO 18. Los centros de trabajo deberán estar provistos de...
ARTÍCULO 19. Las Dependencias y Entidades deberán conformar brigadas contra...
CAPÍTULO III DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS
ARTÍCULO 20. Las instalaciones eléctricas permanentes o provisionales en los...
ARTÍCULO 21. Las instalaciones eléctricas de alumbrado en los centros...
ARTÍCULO 22. Los equipos, aparatos e instrumentos relacionados con instalaciones...
ARTÍCULO 23. El servicio de operación y mantenimiento a las...